Diputados amplían plazo para asentar las defunciones que no han sido inscritas por la pandemia COVID-19


En respuesta a la gestión realizada por el ISDEM, los diputados de la Asamblea Legislativa aprobaron ampliar el plazo para asentar las defunciones que no han podido ser inscritas por los gobiernos locales debido a la pandemia por COVID-19, de acuerdo a lo establecido en la Ley Transitoria del Registro del Estado Familiar y de los Regímenes Patrimoniales del Matrimonio.

Lo anterior se obtuvo a través de la pieza de correspondencia entregada por la gerente general del ISDEM, Licda. Leticia Rivas de Benítez, al presidente de la Asamblea Legislativa, Lic. Mario Ponce; dicha ampliación faculta a los registradores del Estado Familiar de las 262 municipalidades del país, para que en un plazo de 60 días hábiles, asienten las defunciones que no han podido ser inscritas a causa de la pandemia por COVID-19 y que corresponden al período que inició el 14 de marzo de este año hasta la entrada en vigencia de la disposición.

La ley en mención, en su artículo 40 establece que todo pariente próximo de un fallecido o persona que por razón de su cargo, profesión u oficio, tuviere conocimiento del fallecimiento de una persona, debe informarlo dentro de los quince días hábiles siguientes de dicho conocimiento, al registrador del Estado Familiar del lugar donde ocurrió la muerte o del domicilio que tenía el fallecido, para que asiente la defunción y, a su vez, lo haga saber al registrador del Estado Familiar del lugar en donde se encuentra asentada la partida de nacimiento de la persona que murió. La disposición entrará en vigencia a partir de su publicación en el Diario Oficial.

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